Articulo 95. Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivo medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos, de los temas, documentados y políticas que a continuación se señalan:

Fracción I. Su estructura orgánica completa, atribuciones y responsabilidades que le corresponde a cada servidor público, de conformidad con las disposiciones aplicables.

               I-A

               I-B

Fracción II. las facultades de cada área.

                    

Fracción III. Directorio de todos los servidores públicos.

Fracción IV. Información curricular, perfil del puesto, sanciones aministrativas de que haya sio objeto en su caso.

Fracción V. Servidores Públicos con sanciones administrativas definitiva.

Fracción VI. Remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o confianza.

Fracción VII. Número total de plazas y del personal de base y confianza.

               VII-A

               VII-B

Fracción VIII. Versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores púlicos que así lo determinen.

Fracción IX. Nombramientos, comisiones y licencias de los servidores públicos.

Fracción X. Personas que integran la Unidad de Transparencia y el Comité de Transparencia.

             X-A

             X-B

Fracción XI. Actas de resolución del Comite de Transparencia.

             XI-A

             XI-B

             XI-C

 Fracción XII. Solicitudes de Acceso a la Información Pública.

Fracción XIII. Convocatorias a concursos para otorgar cargos públicos y resultados de los mismos.

Fracción XIV. Catálogo de disposición y guía de archivo documental.

Fracción XV. Actas de entrega recepción.

Fracción XVI. Marco normativo.

Fracción XVII. Condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza.

            XVII-A

            XVII-B

 

Fracción XVIII. Convenios abscritos con los sectores social y privado.

Fracción XIX. Recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos.

             XIX-A

             XIX-B

             XIX-C

Fracción XX. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

Fracción XXI. Información financiera sobre el presupuesto asignado, así como informes de ejercicio trimestral del gasto.

              XXI-A

              XXI-B

              XXI-C

Fracción XXII. Avances programáticos o presupuestales, balances generales y estado financiero.

              XXII-A

              XXII-B

Fracción XXIII. Ingresos recibios por cualquier concepto.

              XXIII-A

              XXIII-B

Fracción XXIV. Relacón de personas físicas o morales que hayan recibido recursos públicos.

Fracción XXV. Montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales quienes usen recursos públicos.

Fracción XXVI. Contrataciones de servicios profesionales por honorarios.

Fracción XXVII. Listado de jubilados y pensionados.

              XXVII-A

              XXVII-B

Fracción XXVIII. Montos destinados a gastos relativos a comunicacion social y publicidad oficial.

             XXVIII-A

             XXVIII-B

             XXVIII-C

             XXVIII-D

Fracción XXIX. Relación de arrendamientos.

Fracción XXX. Gastos de representación y viáticos de cada servidores públicos.

Fracción XXXI. Donaciones hechas a terceros.

               XXXI-A

               XXXI-B

Fracción XXXII. Padrón de vehículos oficiales o con arrendamiento.

Fracción XXXIII. Informe de los vuelos de aeronaves oficiales.  

Fracción XXXIV. Padrón de proveedores y contratistas.

Fracción XXXV. Inventario de bienes muebles e inmuebles.

              XXXV-A

              XXXV-B

              XXXV-C

              XXXV-D

              XXXV-E

              XXXV-F

              XXXV-G

Fracción XXXVI. Relación relativa a la deuda pública.

Fracción XXXVII. El resultados de los dictámenes de los estados financieros.

Fracción XXXVIII. Informe de resultados de las audítorías al ejercicio presupuestal.

Fracción XXXIX. Información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitacion, invitación restringida y licitación.

     XXXIX-A
     XXXIX-B

Fracción XL. Servicios que se ofrecen.

Fracción XLI. Trámites que se ofrecen.

Fracción XLII. Programas que se ofrecen.

              XLII-A

              XLII-B

Fracción XLIII. Información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos.

               XLIII-A

               XLIII-B

Fracción XLIV. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan lo sujetos obligados a programas finaciados con recursos públicos.

               XLIV-A

               XLIV-B

Fracción XLV. Concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones ortorgados.

Fracción XLVI. Informes que generen los sujetos obligados.

Fracción XLVII. Estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones.

Fracción XLVIII. Metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos.

Fracción XLIX. Indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.

Fracción L. Indicadores relacionados con temas de interés público.

Fracción LI. Estudios financiados con recursos públicos.

             

        

Fracción LII. Los mecanismos de participación ciudadana.

              LII-A

              LII-B

              

Fracción LIII. Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias.

               LIII-A

               LIII-B

Fracción LIV. Listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios de internet.

               LIV-A

               LIV-B

               LIV-C

Fracción LV. Cualquier otra información que sea de utilidad.

              LV-A

              LV-B

              LV-C

Fracción M. Obligaciones aplicables.


Artículo 96. Además de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo, y los municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

I. En el caso del Poder Ejecutivo y los municipios:

a) El Plan estatal y municipal de Desarrollo, así como los planes y programas que deríven de ellos, según corresponda.

b) La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordeamiento territorial y ecológico los tipos y usos de suelo, licencias de uso de suelo y  construcción otorgadas por los gobiernos municipales; Así mismo, por conducto de la autiliad competente, las solicitudes de evaluación de impacto ambiental y los resolutivos emitidos por la autoridad; las opiniones técnicas en materia de impacto ambiental; los resultados de estudios de caliad de aire por Municipio; y el programa de ordenamiento territorial estatal.

I-b-I

I-b-II

I-b-IIbis

I-b-III

I-b-IV

I-b-V

I-b-VI

I-b-VII

c) El presupuesto de egresos y las fórmulas de disposición de los resursos otorgados.

d) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública, así como la ocupación superficial.

e) El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Así mismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales.

e-I

e-II

f) Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento del fiat y las sanciones que se les hubieran aplicado.

f-I

f-II

g) Toda la información relativa a la inversión concurrente en materia energética e infraestructura de obra pública en la que pariticipen los sujetos obligados de la federación.

h) Las disposiciones administrativas, diretamente o a través de la autoridad competenten, con el plazo e anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado e que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la dsposición o se trate de ituaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

i) Las aportaciones en dinero o en especie que reciban de las diversas personas físicas o morales, nacionales o internacionales, a través de los centros de acopio o en las instituciones de crédito, para ayuar en comunidades de emergencia o desastre.

III. En el caso de los municipios:

a) La integración y conformación política del Cabildo, así como el día, hora de sus sesiones ordinarias.

b) La integración de las comisiones de regiores al interior del Cabildo.

c) Las actas de sesiones de cabildo y de las Comisiones, os controles de asistencia de los integrantes y el sentido de votación de estos sobre las iniciativas o acuerdos.

     c-A

     c-B

d) El contenido de las publicaciones en prediódico oficial o gaceta municipal, las cuales deberán comprener los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamiento.

e) Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de policía y gobierno.

    

*f) Los contratos de concesión de servicios públicos suscritos con particulares.

g) La información que verse sobre la enajenación de bienes muebles e inmuebles del dominio público o privado.

h) Las cuotas y tarífas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, incluyendo las tablas de valores unitarios de sueos y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones de la propiedad inmobiliaria.

i) Los indicadores de los servicios públicos que presten.

j) El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar.

k) El atlas municipal de riesgos.

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